Sanciones por no respetar el derecho de los trabajadores a la desconexión digital

20/10/2020.- La Inspección de Trabajo ha alertado a las empresas por las comunicaciones que realizan a través de medios electrónicos con sus plantillas. En concreto, el envío de emails fuera del horario de trabajo podría suponer una vulneración del derecho a la desconexión digital de los empleados, lo que tendría la consideración de una infracción grave de la normativa laboral, sancionada con multas de entre 626 y 6.250€.

No debemos olvidar que la vigente Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDyGDD), establece en su artículo 88 que “Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.”.

Hasta ahora se entendía que las compañías no pudieran exigir a los trabajadores que leyeran y contestaran a los correos electrónicos. La Inspección, no obstante, va más allá y ve sancionable el mero envío si no existe una instrucción expresa de que no hay obligación de responder fuera de la jornada.

Filter by category
Archivos

Related news

30/05/2025.- Tras una exhaustiva y rigurosa evaluación de las principales firmas del sector legal llevada a cabo por el prestigioso directorio internacional  Best Lawyers®,  se ha presentado la primera edición Best Law Firms [...]

    07/02/2025.- El pasado martes 4 de febrero de 2025, el Consejo de Ministros aprobó un anteproyecto de ley con el objetivo de implantar una jornada laboral de 37,5 horas semanales en su cómputo anual, en lugar de [...]

17/11/2023.- Nos complace anunciar que cinco abogados de nuestra firma han sido reconocidos en la edición de 2024 de Best Lawyers® en nuestro país. Nuestra más sincera enhorabuena a todos ellos: Toni Fitó (Socio Director): [...]